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PAGOS CON TARJETA

Se ha aprobado el anteproyecto de ley de servicios de pago, donde establece la obligación de todo empresario o profesional de ofrecer a los consumidores la posibilidad de utilizar algún instrumento de pago sujeto a esta ley, como alternativa al dinero en efectivo, en transacciones cuyo importe supere la cantidad de 30 euros, además tendrá que estar anunciado en algún lugar visible del local, establecimiento o instalaciones del empresario/profesional, el medio de pago alternativo que se ofrece a los clientes.

Los pagos podrán realizarse como hasta ahora con tarjeta de crédito o débito y, según la nueva normativa, los llamados «servicios de iniciación de pagos», son los sistemas nuevos que implican un pago electrónico pero que no obliga a sacar la tarjeta de la cartera.

Hasta ahora en una compra online el comercio tenía que recurrir a una serie de intermediarios, como los proveedores de pagos electrónicos, quienes a su vez se ponían en contacto con la compañía, por ejemplo visa o mastercard, que finalmente cargan el cobro a una cuenta corriente, sin embargo,  con la aprobación de este anteproyecto de ley, el consumidor podrá simplemente autorizar al comercio para que ejecute pagos en su nombre a través de la cuenta bancaria, es decir, el comercio y el banco se comunican directamente utilizando una API (Application Programm Interface).

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