Ayudas y Subvenciones para empresas
Informamos a los negocios que forman parte de la Asociación de aquellas ayudas y subvenciones de las que pueden ser beneficiarios, les prestamos asesoramiento especializado al respecto y realizamos los trámites de solicitud y de justificación correspondientes, así como seguimiento hasta la conclusión de los expedientes y abono de la subvención por parte de la Administración emisora.
Las ayudas y subvenciones que actualmente están vigentes son:
Inversión
SUBVENCION PARA MATERIAL PUBLICITARIO DE ESTABLECIMIENTOS ADHERIDOS A EUSKOLABEL
Beneficiarios/as: |
Establecimientos adheridos a los programas 'Basque Label Harategiak', 'Euskolabel Dendak' y 'Carnicerías Autorizadas Euskolabel'. |
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Objeto subvencionable: |
Realización de acciones publicitarias (anuncios, rótulos, vinilos en vehículos, etc.) o material promocional (bolsas o papel de carnicería) que incorporen el logotipo de identidad visual establecido por Hazi Fundazioa para cada tipo establecimiento detallado en el apartado anterior, durante el año 2.024. Para que la inversión sea subvencionable, Hazi Fundazioa deberá dar el visto bueno al boceto, con carácter previo a la orden de impresión. |
Cuantía de ayuda: |
Un 30% de la inversión subvencionable, con un importe máximo de 400€ por establecimiento al año. Este porcentaje se incrementará un 5% cuando la titularidad del negocio recaiga en una mujer, o bien, que la sociedad esté participada en al menos un 50% por mujeres o que el 50% del personal contratado sea del género femenino. |
Documentación: |
Información:Considerando que para que cada soporte sea subvencionable se debe contar con el visto bueno de Hazi Fundazioa, envíenos la imagen del boceto a info@getxoenpresa.com, verificaremos con la referida entidad que es subvencionable. Nº de cuenta (salvo que sea diferente al que disponemos en la Asociación) Documentación:
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Para fomentar la cultura
SUBVENCIÓN PARA EL FOMENTO DE LAS ARTES ESCENICAS
Beneficiarios/as: |
Autonom@s y pymes ubicados en Euskadi y que estén dad@s de alta en el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas y, en el caso de las personas jurídicas, tener un objeto o fin social acorde con el desarrollo de actividad. |
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Objeto subvencionable: |
Formación permanente de profesionales de las artes escénicas. Proyectos de promoción de las artes escénicas. Programa de exhibición de las artes escénicas en la calle. Circuito de danza de Sarea. |
Cuantía de ayuda: |
Hasta el 70% del presupuesto, con un máximo de 20.000 euros por pyme o autónomo, para la formación de profesionales. Hasta el 70% del presupuesto, con un máximo de 25.000 euros por pyme o autónomo, para los proyectos de promoción. Hasta 65.000 euros para la organización de programaciones de artes escénicas de calle, con un mínimo de cinco espectáculos. Hasta un 45% del caché con un máximo de 2.500 euros por pyme o autónomo. |
Para la contratación
SUBVENCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS EN PRÁCTICAS
Entidad: |
Fundación Novia Salcedo y Gobierno Vasco |
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Beneficiarios/as: |
Empresas y autónom@s ubicados en Euskadi que deseen incorporar en sus establecimientos a jóvenes (entre 16 y 29 años) que hayan concluido sus estudios (Grados, Ciclos Formativos de Grado Medio o Superior o Certicados de Profesionalidad) para aplicar sus conocimientos en el negocio. |
Objeto subvencionable: |
La contratación de una persona en prácticas durante 5 meses, para trabajar entre 25 y 35 horas semanales, de lunes a viernes. No se contemplan horas extraordinarias, trabajo nocturno o a turnos. Cada autónom@ o empresa podrá optar a un máximo de 2 contratos subvencionados, teniendo prioridad: - Aquellas empresas que propongan planes individualizados de formación para el perfil del joven requerido. - Los negocios socialmente responsables, con cultura innovadora, que quieran convertirse en organizaciones formadoras de talento joven. |
Cuantía de ayuda: |
100% del salario y de la cuota de la Seguridad Social de la persona contratada. El autónom@ o la empresa beneficiaria deberá realizar un curso formativo de 8 horas de duración y 400€ + IVA de coste (bonicable 60€ por créditos Fundae). |
AYUDA A LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS JÓVENES
Beneficiarios/as: |
Pymes y autonomos/as radicados en Euskadi que formalicen contratos con personas jóvenes (entre 16 y 30 años), en situación de desempleo, con posesión de una titulación (licenciatura/diplomatura/ciclo formativo grado superior o medio/certificado de profesionalidad) y con una experiencia laboral máxima de 6 meses en empleos relacionados con su titulación o certificado profesional. |
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Objeto subvencionable: |
-Los contratos deberán materializarse entre el 29/12/2023 y el 31/10/2024 a jornada completa o parcial (al menos el 70% de la jornada), indefinidos o formativos para la obtención de la práctica profesional de al menos 6 meses de duración. -La retribución anual bruta a percibir por contrato subvencionado ha de ser de al menos 15.120€ y acorde al nivel de estudios de la persona contratada. -Los contratos deberán suponer creación neta de empleo sobre la plantilla total existente en los 6 meses anteriores a la incorporación de la persona contratada. |
Cuantía de ayuda: |
-Para contratos en prácticas inferiores a 12 meses, la cuantía será de hasta 5.300€ y de 8.480€ para los que se realicen con una duración superior a 1 año. -Para contratos indefinidos, la cuantía será de hasta 12.700€. -Las cuantías de subvención señaladas anteriormente se incrementarán un 10% cuando los contratos se realicen con mujeres y se ajustarán en proporción a la jornada, cuando refieran a jornada parcial. -No existe límite en cuanto al número de contratos subvencionables por autónomo o pyme. |
SUBVENCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN (CONTRATO DE RELEVO)
Beneficiarios/as: |
Autonom@s o pymes que formalicen contratos de relevo, es decir, aquellos que se suscriben para sustituir a un@ trabajador@ que va a jubilarse de manera parcial. |
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Objeto subvencionable: |
- El contrato deberá haberse materializado entre el 18/10/2023 y el 18/10/2024, ser a jornada completa y por tiempo indefinido o de duración determinada (siempre que conste un compromiso de conversión en indefinido). - La retribución anual bruta a percibir por la persona contratada deberá ser de al menos el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente. - El contrato deberá suscribirse con personas menores de 30 años o mayores de 45 años que estén en situación de desempleo y dadas de alta en Lanbide desde al menos el día anterior a la fecha de inicio del contrato. |
Cuantía de ayuda: |
8.400€ por cada contrato de relevo realizado. Esta cantidad se incrementará en un 10% si la persona relevista contratada es mujer. No existe límite en cuanto al número de contratos subvencionables. |
SUBVENCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS MAYORES DE 50 AÑOS
Beneficiarios/as: |
Autónom@s o pymes que formalicen contratos con personas desempleadas de edad igual o superior a 50 años inscritas en Lanbide en situación de desempleo por un tiempo inferior a 1 año. |
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Objeto subvencionable: |
- Los contratos de trabajo deberán ser indefinidos o temporales con una duración superior a 6 meses, suscribirse entre el 16/11/23 y el 17/10/24 y ser a jornada completa o al 70% de la referida jornada. - La retribución mínima a percibir por la persona contratada debe ser de al menos entre 15.120€ y 28.300€, según su titulación académica, - La contratación deberá suponer creación de empleo sobre la plantilla media existente durante el periodo inmediatamente anterior a los 6 meses desde la fecha de incorporación de la persona cuyo contrato se subvencione. |
Cuantía de ayuda: |
Entre 2.270€ y 14.150€ por contrato subvencionado, pudiéndose incrementar hasta en un 20% si la contratación se realiza a una persona mayor de 55 años, mujer o que haya participado en una acción formativa subvencionada por Lanbide. No existe límite en cuanto al número de contratos subvencionables. |
Para la innovación
AYUDA PARA INNOVACIÓN, INTERNACIONALIZACIÓN E INVERSIÓN
Beneficiarios/as: |
Autónom@s y pymes ubicad@s en Bizkaia que cuenten con una plantilla de al menos 5 trabajador@s y cuyo CNAE corresponda a: Las secciones B, C, D, E, F (excepto 41.1), G (excepto 47), H, I (excepto 56.3), J, M, N (excepto 80), P, (excepto 85.6), Q (excepto 87, 88), R (excepto 90, 91, 93.2) y S (excepto 95). |
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Objeto subvencionable: |
-Realización de actuaciones estratégicas que incidan en al menos 2 de las siguientes áreas: innovación, inversión o internacionalización, como: inversión en activos materiales, servicios de consultoría para el desarrollo de las actuaciones, participación en ferias comerciales en el extranjero, realización de estudios de viabilidad y desarrollo experimental, desarrollo de actividades de innovación en procesos y organización, obtención, validación y defensa de patentes y otros activos inmateriales. -Para que el proyecto sea subvencionable el presupuesto mínimo deberá ser de al menos 750.000 euros. |
Cuantía de ayuda: |
Hasta un 50% de gasto neto de la inversión realizada, con un máximo de 450.000 euros por empresa. |
Para la internacionalización
AYUDA PARA INTERNACIONALIZACION
Beneficiarios/as: |
Pymes ubicadas en Bizkaia que cuenten con una plantilla de al menos 5 trabajador@s cuyo CNAE corresponda a: las secciones B, C, D, E, F (exc. 41.1), G (exc. 47), H, I (exc.56.3), J, M, N (exc. 80), Q (exc.87,88), R (exc. 90, 91,9 3.2) y S (exc. 95). |
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Objeto subvencionable: |
Gastos internos (personal) y externos (formación, elaboración plan de internacionalización, asesoramiento externo, promoción y publicidad) que se realicen para introducir a la empresa en un nuevo país, entre el 1/1/23 y el 31/12/2025. Los proyectos podrán contener actividades desarrolladas tanto en el país destino, como de forma remota y podrán ir dirigidas a fomentar canales de venta tanto físicos, como digitales. Para que el proyecto sea subvencionable el presupuesto mínimo deberá ser de al menos 10.000 euros. Cada empresa podrá presentar hasta dos solicitudes de ayuda, correspondiendo cada una a un país diferente. |
Cuantía de ayuda: |
Hasta un 60% de los gastos internos y externos incurridos con el máximo de 60.000 euros por proyecto y el máximo de 100.000 euros por empresa, si se admiten 2 proyectos. |
Para mantener la actividad
Entidad: |
Gobierno Vasco - Cultura y Política Lingüística |
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Beneficiarios/as: |
Empresas y autónom@s que pertenecen al sector del deporte dadas de alta en el IAE con anterioridad al 14 de marzo de 2020 y cuya facturación en 2021 haya sufrido una reducción igual o superior al 20% respecto a la de 2019. Su CNAE deberá ser uno de los siguientes: - 8551: Educación Deportiva - 9311: Gestión instalaciones deportivas - 9313: Actividades de los gimnasios - 9319: Otras actividades deportivas |
Objeto subvencionable: |
Empresas y personas profesionales autónomas del sector del deporte que, debido a la reducción de ingresos derivada de la crisis provocada por la pandemia del COVID-19, hayan visto comprometida la continuidad de su actividad profesional para el año 2022. |
Cuantía de ayuda: |
Subvención de hasta el 70% de la diferencia de facturación entre los años 2021 y 2019, con un máximo de 20.000€ por entidad o autónom@. Solo se podrá presentar un solicitud por empresa o autónom@. |
Documentación: |
Documentación:
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Para mejorar en eficiencia energética
MOVES III: SUBVENCIÓN PARA LA ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS Y SISTEMAS DE RECARGA
Entidad: |
Gobierno Vasco |
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Cuantía de ayuda: |
• Para vehículos nuevos de energías alternativas (turismos, autobuses, furgonetas, motocicletas de categoría N2, N3, M1, N1, M2, N3, L6e, L7e y L3e o vehículos eléctricos) entre 750 € y 7000€, según categoría, tipo de motor, autonomía y peso. Adicionalmente, el punto de venta deberá realizar un descuento de al menos 1000 €. Cada empresa puede optar a un máximo de 50 vehículos subvencionados. • Para sistemas de recarga de vehículos eléctricos y su preinstalación o instalación en la comunidad de propietarios, hasta un 80% de la inversión efectuada, con el máximo de 5000 € por solicitante. |
Si está interesado/a en que le informemos o tramitemos ayudas y subvenciones para su negocio, cumplimente el siguiente formulario: