Ayudas y Subvenciones para empresas - Getxo Enpresa

Ayudas y Subvenciones para empresas

Informamos a los negocios que forman parte de la Asociación de aquellas ayudas y subvenciones de las que pueden ser beneficiarios, les prestamos asesoramiento especializado al respecto y realizamos los trámites de solicitud y de justificación correspondientes, así como seguimiento hasta la conclusión de los expedientes y abono de la subvención por parte de la Administración emisora.

Las ayudas y subvenciones que actualmente están vigentes son:

Para crear y transmitir empresas

PROGRAMA DE APOYO A LA TRANSMISION EMPRESARIAL

Entidad:

Diputación Foral de Bizkaia

Beneficiarios/as:

Empresas que se encuentren en proceso de transmisión del negocio

Objeto subvencionable:

• Asesoramiento y acompañamiento por profesionales (elaboración estudio viabilidad, valoración económica del negocio) durante el proceso de transmisión del negocio, hasta su conclusión. • Puesta en contacto con comprador@s potenciales.

Cuantía de ayuda:

El asesoramiento y el apoyo es gratuito.

PROGRAMA BERRIZ ENPRESA

Entidad:

Gobierno Vasco y Cámaras de Comercio Vascas

Beneficiarios/as:

Autónomos y Pymes del País Vasco que pertenezcan al sector comercio, hostelería y/o alojamiento que estén interesados o se encuentren en un proceso de transmisión empresarial.

Objeto subvencionable:

Asesoramiento y apoyo personalizado para realizar el proceso de compra-venta de un negocio, a través de las siguientes fases: - Elaboración de un plan de comunicación. - Realización de un dossier de la empresa a transferir. - Búsqueda activa de potenciales compradores. - Estudio de viabilidad y valoración económica del negocio. - Acompañamiento en el proceso de cierre de la empresa a traspasar.

Cuantía de ayuda:

El asesoramiento y el apoyo es gratuito.

Para fomentar la cultura

ADHESIÓN: BONO CULTURAL JÓVEN

Beneficiarios/as:

Autonom@s y sociedades dedicados al comercio al por menor de libros, periódicos y revistas, artículos de dibujo y bellas artes, instrumentos musicales y accesorios y empresas de servicios dedicadas a la organización de espectáculos (excepto cine y deportes).

Objeto subvencionable:

Objeto subvencionable: Las personas que cumplan 18 años durante 2.023 disponen de un bono por valor de 400€ para la adquisición de los siguientes productos y servicios culturales, en los establecimientos adheridos a la campaña: Entradas y abonos para espectáculos de artes escénicas, música en directo, cine, museos, festivales y exposiciones, hasta 200.​ Productos culturales en soporte físico: libros, prensa, revistas, publicaciones, videojuegos, partituras, discos, cds y blu-ray, hasta 100€. Productos culturales en soporte digital: suscripciones y alquileres en plataformas musicales y de lectura, compra de audiolibros, libros digitales, podcasts, suscripciones a videojuegos en linea, prensa, revistas u otras publicaciones, hasta 100€.

Documentación:

Información:

-Nº de datáfono o TPV y FUC o MID. (información que proporcione el banco o disponible en el propio datáfono) -Nº de cuenta ( si desea modificar el que disponemos en la Asociación)

Documentación:

  • -Certificado altas y bajas en el IAE (Hacienda foral)
  • -En el persona jurídica: Escritura de constitución y posibles modificaciones y poder de representación (salvo que nos haya proporcionado la documentación para otros trámites)
  • -Declaración responsable firmada Descargar Documento
  • -Otorgamiento de representación firmado Descargar Documento

SUBVENCIÓN PARA EL FOMENTO DE LAS ARTES ESCENICAS

Beneficiarios/as:

Autonom@s y pymes ubicados en Euskadi y que estén dad@s de alta en el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas y, en el caso de las personas jurídicas, tener un objeto o fin social acorde con el desarrollo de actividad.

Objeto subvencionable:

Formación permanente de profesionales de las artes escénicas. Proyectos de promoción de las artes escénicas. Programa de exhibición de las artes escénicas en la calle. Circuito de danza de Sarea.

Cuantía de ayuda:

Hasta el 70% del presupuesto, con un máximo de 20.000 euros por pyme o autónomo, para la formación de profesionales. Hasta el 70% del presupuesto, con un máximo de 25.000 euros por pyme o autónomo, para los proyectos de promoción. Hasta 65.000 euros para la organización de programaciones de artes escénicas de calle, con un mínimo de cinco espectáculos. Hasta un 45% del caché con un máximo de 2.500 euros por pyme o autónomo.

Para implantar nuevas tecnologías

SUBVENCION PARA LA DIGITALIZACION (EUSCOMMERCE)

Beneficiarios/as:

Comercios minoristas (excepto estancos y farmacias) y negocios de servicios dedicados a las reparaciones, la fotografía, las fotocopias y la enmarcación, así como lavanderías, tintorerías, peluquerías y salones de belleza, que cuenten con un punto de venta/atención al público ubicado a pie de calle.

Objeto subvencionable:

Asesoramiento prestado por profesionales y adaptado a las necesidades del negocio para la implantación de soluciones digitales que mejoren su presencia online (ej: Google My Business, presencia en RRSS, venta online mediante e-commerce y/o RRSS, pago con Bizum, Prestashop, Wordpress, posicionamiento online, Canva, Mailchip, integraciones: chat online, encuestas, TPV virtual, click & collect o desarrollo de proyectos de inteligencia artificial) durante las horas que resulten necesarias y en el propio establecimiento.

Cuantía de ayuda:

100% del gasto de asesoramiento.

Documentación:

Información:

Desde la Asociación, tramitaremos la solicitud de ayuda de su negocio si así lo considera, para ello, necesitamos que nos indique si realiza venta online y el nº de trabajador@s de su negocio. Si desea ampliar información al respecto, no dude en ponerse en contacto con nosotr@s.

Para la conciliacion

SUBVENCIÓN PARA PROMOVER LA CONCILIACIÓN

Beneficiarios/as:

Autónom@s y pymes ubicad@s en Euskadi.

Objeto subvencionable:

Contratación de personas desempleadas o ampliación de la jornada de una persona anteriormente contratada, para sustituir a trabajador@s que se hayan acogido a una excedencia o reducción de jornada para el cuidado de hij@s o familiares en situación de dependencia o enfermedad de extrema gravedad sanitaria.

Cuantía de ayuda:

100% de la cuota de cotización a la Seguridad Social correspondiente a la empresa (en el caso de cooperativas será el resultado de aplicar el tipo de cotización sobre la base mínima de cotización empresarial que corresponde) hasta un máximo de 7 años y medio.

Para la contratación

SUBVENCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS MAYORES DE 50 AÑOS

Beneficiarios/as:

Autónom@s o pymes que formalicen contratos con personas desempleadas de edad igual o superior a 50 años inscritas en Lanbide en situación de desempleo por un tiempo inferior a 1 año.

Objeto subvencionable:

- Los contratos de trabajo deberán ser indefinidos o temporales con una duración superior a 6 meses, suscribirse entre el 16/11/23 y el 17/10/24 y ser a jornada completa o al 70% de la referida jornada. - La retribución mínima a percibir por la persona contratada debe ser de al menos entre 15.120€ y 28.300€, según su titulación académica, - La contratación deberá suponer creación de empleo sobre la plantilla media existente durante el periodo inmediatamente anterior a los 6 meses desde la fecha de incorporación de la persona cuyo contrato se subvencione.

Cuantía de ayuda:

Entre 2.270€ y 14.150€ por contrato subvencionado, pudiéndose incrementar hasta en un 20% si la contratación se realiza a una persona mayor de 55 años, mujer o que haya participado en una acción formativa subvencionada por Lanbide. No existe límite en cuanto al número de contratos subvencionables.

Para la inversión

Subvención para la adquisición de vehículos eléctricos e infraestructuras de recarga

Entidad:

Gobierno Vasco

Beneficiarios/as:

Autonom@s y pymes con domicilio fiscal en Euskadi.

Objeto subvencionable:

Adquisición de vehículos nuevos de energías alternativas (turismos, autobuses, furgonetas, motocicletas, etc. de categoría M1, N1, L3e, L4e, L5e, L6e, L7e o vehículos eléctricos) cuyas fecha de matriculación y pago de vehículo sean desde el 10 de abril de 2021. Sistemas de recarga de vehículos eléctricos y su preinstalación o instalación en la comunidad de propietarios en régimen de propiedad desde el pasado 10 de abril de 2021.

Cuantía de ayuda:

Entre 750€ y 7.000€, por vehículo adquirido,según categoría, tipo de motor, autonomía y peso. Cada empresa puede optar a un máximo de 50 vehículos subvencionados.

Para mantener la actividad

SECTOR DEL DEPORTE

Entidad:

Gobierno Vasco - Cultura y Política Lingüística

Beneficiarios/as:

Empresas y autónom@s que pertenecen al sector del deporte dadas de alta en el IAE con anterioridad al 14 de marzo de 2020 y cuya facturación en 2021 haya sufrido una reducción igual o superior al 20% respecto a la de 2019. Su CNAE deberá ser uno de los siguientes: - 8551: Educación Deportiva - 9311: Gestión instalaciones deportivas - 9313: Actividades de los gimnasios - 9319: Otras actividades deportivas

Objeto subvencionable:

Empresas y personas profesionales autónomas del sector del deporte que, debido a la reducción de ingresos derivada de la crisis provocada por la pandemia del COVID-19, hayan visto comprometida la continuidad de su actividad profesional para el año 2022.

Cuantía de ayuda:

Subvención de hasta el 70% de la diferencia de facturación entre los años 2021 y 2019, con un máximo de 20.000€ por entidad o autónom@. Solo se podrá presentar un solicitud por empresa o autónom@.

Documentación:

Documentación:

  • 1. Solicitud cumplimentada y firmada. Descargar Documento
  • 2. Declaración Responsable cumplimentada y firmada. Descargar Documento
  • 3. Cuenta de resultados del año 2019 y 2021 aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil. En caso de no tener obligación de estar inscritas, se debe presentar una cuenta de resultados de los año 2019 y 2021 realzada por asesoría externa, declaración de IRPF y liquidación de IVA (modelo 390).
  • 4. Otorgamiento de representación. Descargar Documento

Para mejorar en eficiencia energética

MOVES III: SUBVENCIÓN PARA LA ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS Y SISTEMAS DE RECARGA

Entidad:

Gobierno Vasco

Cuantía de ayuda:

• Para vehículos nuevos de energías alternativas (turismos, autobuses, furgonetas, motocicletas de categoría N2, N3, M1, N1, M2, N3, L6e, L7e y L3e o vehículos eléctricos) entre 750 € y 7000€, según categoría, tipo de motor, autonomía y peso. Adicionalmente, el punto de venta deberá realizar un descuento de al menos 1000 €. Cada empresa puede optar a un máximo de 50 vehículos subvencionados. • Para sistemas de recarga de vehículos eléctricos y su preinstalación o instalación en la comunidad de propietarios, hasta un 80% de la inversión efectuada, con el máximo de 5000 € por solicitante.

Si está interesado/a en que le informemos o tramitemos ayudas y subvenciones para su negocio, cumplimente el siguiente formulario:

Formulario de contacto

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