CAMARAS DE VIDEO VIGILANCIA - Getxo Enpresa

CAMARAS DE VIDEO VIGILANCIA

En la normativa de instalación de cámaras de video vigilancia en negocios incide la ley de protección de datos, y por tanto, las empresas que dispongan de cámaras de video vigilancia debe tener expuesto a la vista de los clientes carteles informativos anunciando el uso de las referidas cámaras.

Estos carteles deben estar homologados y como mínimo deberán estar situados en cada acceso a la empresa (sean exteriores o interiores), y en caso de realizar grabaciones en el interior del establecimiento, también es de obligación colocarlo dentro de la empresa.

En cuanto a las grabaciones, cabe destacar que no pueden incluir sonido, tampoco está permitida la grabación de espacios públicos. Las imágenes se conservarán por el tiempo que permita satisfacer la finalidad para la que se recabaron, con un plazo máximo de un mes

 

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