Ayudas y Subvenciones para empresas
Informamos a los negocios que forman parte de la Asociación de aquellas ayudas y subvenciones de las que pueden ser beneficiarios, les prestamos asesoramiento especializado al respecto y realizamos los trámites de solicitud y de justificación correspondientes, así como seguimiento hasta la conclusión de los expedientes y abono de la subvención por parte de la Administración emisora.
Las ayudas y subvenciones que actualmente están vigentes son:
Para el turismo
Beneficiarios/as: |
Autónom@s y pymes propietarias de edificios existentes, partes de los mismos, o locales, destinados a «establecimientos de alojamiento turístico» ubicados en la CAE, o, a otras actividades económicas vinculadas al sector turístico: transporte marítimo, restaurantes, catering, agencias de viaje, actividades deportivas, artísticas y artes escénicas. |
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Objeto subvencionable: |
Actuaciones de sustitución de equipamiento y aparatos electrodomésticos (Tipo 1): equipos utilizados en cocina, equipos de limpieza y secado, equipos de refrigeración y congelación, y equipos destinados al ahorro de los residuos de los establecimientos y que promuevan su circularidad. Actuaciones para la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación (Tipo 2): mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación (luminarias, lámparas y sus equipos auxiliares); sistemas que permitan el control de zonas, remoto o automático por medios digitales de encendido y regulación de nivel de iluminación; domótica; sistemas de monitorización y sistemas de gestión de la energía. |
Cuantía de ayuda: |
La inversión mínima es de 2.000€ en ambos tipos de actuación y el porcentaje total de la ayuda será del 90% del coste subvencionable con un máximo de 300.000€ por autónom@ o pyme. Costes subvencionables: Gastos de compra de nuevos equipamiento (gasto mínimo de 300€ por equipo). Gastos de instalación del nuevo equipamiento. Gastos de transporte y retirada del antiguo equipamiento. Gastos del informe acreditativo del ahorro por un organismo autorizado (OCA). |
Para fomentar el euskera
AYUDAS A LA ROTULACIÓN EN EUSKERA
Entidad: |
Ayuntamiento de Getxo |
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Beneficiarios/as: |
Autónom@s y pymes de comercio, hosteler@s y negocios de servicios con establecimiento a pie de calle, ubicados en Getxo. |
Objeto subvencionable: |
-Rótulos, toldos, rotulación de vehículos comerciales y de persianas de establecimientos y vinilos, en euskera o en euskera y castellano. -Quedan excluidos de la ayuda los letreros y/o rótulos de toldos y vehículos comerciales en los que figuren únicamente el nombre y/o apellido/s, así como los rótulos que estén incorrectamente escritos. -Cada autónom@ o pyme puede presentar solicitud para tantos soportes como necesite. |
Cuantía de ayuda: |
-Soportes realizados únicamente en euskera: 50% del coste neto del mismo, hasta un máximo de 360€ por soporte. -Soportes realizados en bilingüe (castellano + euskera): 30% del coste neto del mismo, hasta un máximo de 180€ por soporte. |
Para fomentar la cultura
SUBVENCIÓN ARTES ESCÉNICAS, MÚSICA, LITERATURA Y ARTES PLÁSTICAS
Beneficiarios/as: |
Compañías profesionales de artes escénicas (teatro, danza, circo), grupos musicales, escritores, editores y artistas de la CAPV. |
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Objeto subvencionable: |
Fomentar la promoción, distribución y creación de obras en las áreas de artes escénicas, música, literatura y artes plásticas. - Gastos subvencionables: promoción, comercialización, internacionalización y distribución de los proyectos. (gastos de personal, viajes, gastos de formación, publicidad). |
Cuantía de ayuda: |
- Ayudas a las artes escénicas: máximo 12.000€ o que no supere el 75% del presupuesto del proyecto aprobado. - Ayudas a la música: 75% del presupuesto. - Ayudas a la literatura: máximo 5.000€ en caso de editoriales, máximo 3.000€ a l@s creadores, en ningún caso que supere el 75% del presupuesto del plan aprobado. - Ayuda a las artes plásticas: 75% de los costes admitidos, máximo 12.000€. |
Para implantar nuevas tecnologías
SUBVENCIÓN PARA NUEVAS TECNOLOGÍAS
Beneficiarios/as: |
Autónom@s y PYMES que cuenten con al menos 6 meses de antiguedad. |
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Objeto subvencionable: |
Bono para emplear en una o varias de las siguientes soluciones digitalizadoras que habrá/n de implantarse en el negocio mediante consultores homologados por el programa, cuya relación se encuentra disponible en: www.acelerapyme.gob.es - Sitio Web y Presencia en Internet: hasta 5.000€ del bono (exclusivo para segmentos I,II y III). - Comercio electrónico: hasta 5.000€ del bono. - Gestión de Redes Sociales: hasta 5.000€ del bono. - Gestión de clientes: hasta 10.000€ del bono. - Business Intelligence y Analítica: hasta 7.000€ del bono. - Gestión de procesos: hasta 15.000€ del bono. - Factura Electrónica: hasta 3.000€ del bono. - Servicios de Oficina Virtual: hasta 250€ por usuari@ del bono. - Comunicaciones seguras: hasta 125€ por usuari@ del bono. - Ciberseguridad: hasta 125€ por dispositivo. - Presencia avanzada en Internet: hasta 5.000€ del bono. - Puesto de trabajo seguro, compra de PC y mantenimiento: (exclusivo para segmento III) hasta 1.000€ del bono. - Gestión client@s con IA (exclusivo para segmento IV): hasta 18.000€ del bono. - Business Intelligence y analítica con IA (exclusivo para segmento IV): hasta 8.000€ del bono. - Gestión de procesos con IA (exclusivo para segmento IV): hasta 16.000€ del bono. |
Cuantía de ayuda: |
En función del nº de trabajadores/as con los que cuente el negocio, la cuantía del bono será: - Segmento I (entre 10 y 50 emplead@s): 12.000€ - Segmento II (entre 3 y 10 emplead@s): 6.000€ - Segmento III (menos de 3 emplead@s): 3.000€* (Aquell@s que hubieran solicitado previamente el importe del bono o bien, hayan hecho uso del mismo por importe de 2.000€, pueden beneficiarse de la cantidad de 1.000€ adicionales.) - Segmento IV ( entre 50 y 100 emplead@s): 25.000€ |
Para la inversión
Beneficiarios/as: |
Autónom@s y pymes propietarias de edificios existentes, partes de los mismos, o locales, destinados a «establecimientos de alojamiento turístico» ubicados en la CAE, o, a otras actividades económicas vinculadas al sector turístico: transporte marítimo, restaurantes, catering, agencias de viaje, actividades deportivas, artísticas y artes escénicas. |
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Objeto subvencionable: |
Actuaciones de sustitución de equipamiento y aparatos electrodomésticos (Tipo 1): equipos utilizados en cocina, equipos de limpieza y secado, equipos de refrigeración y congelación, y equipos destinados al ahorro de los residuos de los establecimientos y que promuevan su circularidad. Actuaciones para la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación (Tipo 2): mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación (luminarias, lámparas y sus equipos auxiliares); sistemas que permitan el control de zonas, remoto o automático por medios digitales de encendido y regulación de nivel de iluminación; domótica; sistemas de monitorización y sistemas de gestión de la energía. |
Cuantía de ayuda: |
La inversión mínima es de 2.000€ en ambos tipos de actuación y el porcentaje total de la ayuda será del 90% del coste subvencionable con un máximo de 300.000€ por autónom@ o pyme. Costes subvencionables: Gastos de compra de nuevos equipamiento (gasto mínimo de 300€ por equipo). Gastos de instalación del nuevo equipamiento. Gastos de transporte y retirada del antiguo equipamiento. Gastos del informe acreditativo del ahorro por un organismo autorizado (OCA). |
Para mantener la actividad
Entidad: |
Gobierno Vasco - Cultura y Política Lingüística |
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Beneficiarios/as: |
Empresas y autónom@s que pertenecen al sector del deporte dadas de alta en el IAE con anterioridad al 14 de marzo de 2020 y cuya facturación en 2021 haya sufrido una reducción igual o superior al 20% respecto a la de 2019. Su CNAE deberá ser uno de los siguientes: - 8551: Educación Deportiva - 9311: Gestión instalaciones deportivas - 9313: Actividades de los gimnasios - 9319: Otras actividades deportivas |
Objeto subvencionable: |
Empresas y personas profesionales autónomas del sector del deporte que, debido a la reducción de ingresos derivada de la crisis provocada por la pandemia del COVID-19, hayan visto comprometida la continuidad de su actividad profesional para el año 2022. |
Cuantía de ayuda: |
Subvención de hasta el 70% de la diferencia de facturación entre los años 2021 y 2019, con un máximo de 20.000€ por entidad o autónom@. Solo se podrá presentar un solicitud por empresa o autónom@. |
Documentación: |
Documentación:
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Para mejorar en eficiencia energética
AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS E INFRAESTRUCTURAS
Beneficiarios/as: |
Autónomos y Pymes con domicilio fiscal en la CAPV. |
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Objeto subvencionable: |
-Adquisición de vehículos nuevos de energías alternativas (turismos, autobuses, furgonetas, motocicletas, etc. de categoría M1, N1, L3e, L4e, L5e,L6e, L7e o vehículos eléctricos) cuyas fechas de matriculación y pago de vehículo sean desde abril de 2021. -Sistemas de recarga de vehículos eléctricos y su preinstalación o instalación en la comunidad de propietarios en régimen de propiedad desde el pasado abril de 2021. |
Cuantía de ayuda: |
-Entre 750€ y 7.000€ por vehículo adquirido, según categoria, tipo de motor, autonomía y peso. -Cada autónomo o pyme puede optar a un máximo de 50 vehículos subvencionados. -En el caso de los sistemas de recarga, hasta un 40 % del presupuesto total del régimen de que se trate. |
Si está interesado/a en que le informemos o tramitemos ayudas y subvenciones para su negocio, cumplimente el siguiente formulario:

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