Ayudas y Subvenciones para empresas - Getxo Enpresa

Ayudas y Subvenciones para empresas

Informamos a los negocios que forman parte de la Asociación de aquellas ayudas y subvenciones de las que pueden ser beneficiarios, les prestamos asesoramiento especializado al respecto y realizamos los trámites de solicitud y de justificación correspondientes, así como seguimiento hasta la conclusión de los expedientes y abono de la subvención por parte de la Administración emisora.

Las ayudas y subvenciones que actualmente están vigentes son:

Para digitalización

AYUDA PARA DIGITALIZACIÓN

Beneficiarios/as:

Pymes con una plantilla de al menos 5 trabajador@s a jornada completa cuya actividad este enmarcada en: construcción, comercio al por mayor, transporte y almacenamiento, actividades de edición, radiodifusión y producción y distribución de contenidos, telecomunicaciones, programación informática, consultoría, infraestructura informática y otros servicios de información, actividades profesionales, científicas y técnicas, actividades administrativas y servicios auxiliares (excepto actividades de seguridad e investigación), actividades auxiliares a la educación, asistencia en establecimientos residenciales y actividades de servicios sociales sin alojamiento, actividades de creación, artísticas y artes escénicas, otras actividades recreativas y de entretenimiento y reparación y mantenimiento de ordenadores, artículos personales y enseres domésticos y vehículos de motor y motocicletas, con domicilio social en Bizkaia.

Objeto subvencionable:

Línea 1 – Proyectos de digitalización básica: elaboración de proyectos de mejora o innovación en el negocio básicos (comercio electrónico, sistemas de gestión, programas de automatización de procesos industriales, integración de datos operativos  y tecnologías para mejorar la ciberseguridad) que se desarrollen entre el 1/1/2025 y el 30/06/2027. Línea 2 – Proyectos de digitalización avanzada: elaboración de proyectos de mejora o de innovación en el negocio avanzados (inteligencia artificial, cloud computing, programas de simulación 3D, sistemas de integración avanzada persona-maquina, internet de las cosas o programas de visión artificial) que se desarrollen entre el 1/1/2025 y el 30/06/2027.

Cuantía de ayuda:

Línea 1: entre 3.000€ y 25.000€ como máximo. Línea 2: entre 6.000€ y 120.000€ como máximo.  Se podrá presentar una única solicitud de ayuda por cada pyme solicitante, en cada una de las 2 líneas de subvención.

Para fomentar el euskera

AYUDA PARA LA ROTULACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS Y VEHÍCULOS

Beneficiarios/as:

Pymes y autónomos de comercio, hostelería y negocios de servicios con establecimiento a pie de calle y ubicados en Getxo.

Objeto subvencionable:

Rótulos, toldos, rotulación de vehículos comerciales y de persianas de establecimientos y vinilos, en euskera o en euskera y castellano. Quedan excluidos de la ayuda los letreros y/o rótulos de toldos y vehículos comerciales en los que figuren únicamente un nombre y/o apellido/s, así como los rótulos que estén incorrectamente escritos.

Cuantía de ayuda:

Soportes realizados únicamente en euskera: 50% del coste neto del mismo, hasta un máximo de 360€ por soporte. Soportes realizados en bilingüe (castellano + euskera): 30% del coste neto del mismo, hasta un máximo de 180€ por soporte. Cada autónom@ o pyme puede presentar solicitud para tantos soportes como necesite. 

Para fomentar el turísmo

AYUDA PARA ACTIVIDADES TURÍSTICAS

Beneficiarios/as:

Profesionales o empresas turísticas que presten su actividad turística principal, de forma regular, en el municipio de Getxo, y/o desarrollen una actividad turística en Getxo que sea única y que beneficie al destino.

Objeto subvencionable:

- Actividades turísticas y de ocio regulares que se desarrollen en Getxo, que puedan ser consumidas de manera inmediata por turistas y personas visitantes de la localidad, sin necesidad de reserva previa y que no estén supeditadas a la existencia de un grupo mínimo de personas para su realización.  - Actividades que permitan su contratación individual por varias personas diferentes que no acuden juntas. - Las actividades deben estar adherida a la campaña de promoción y dinamización turística del año 2026, impulsada por la Oficina de Turismo de Getxo.

Cuantía de ayuda:

Hasta un 80% del gasto subvencionable, con el máximo de 7.000€ por autónomo o pyme.

AYUDA PARA LA COMERCIALIZACIÓN Y PROMOCIÓN TURÍSTICA

Beneficiarios/as:

Autónom@s y pymes que presten servicios turísticos y que se encuentren dados de alta en el REATE (Registro de empresas y actividades turísticas de Euskadi) o que ejerzan actividades turísticas complementarias, ubicados en Euskadi. 

Objeto subvencionable:

Inversiones netas (sin IVA) realizadas y abonadas entre el 19/12/2025 y el 11/12/2026 orientadas a: -Apoyo a la creación y puesta en marcha, promoción y comercialización de productos turísticos que se desarrollen en Euskadi. Creación y puesta en marcha de productos turísticos (creación y resgistro de marca, diseño de imagen corporativa, estudios de viabilidad y sostenibilidad y plan de marketing). Diseño de estrategias y elaboración de un plan de Marketing. Elementos gráficos y audiovisuales (diseño gráfico, cartelería, rollups, folletos, flyers, bancos fotográficos y fílmicos). Promoción y comercialización on line (creación o actualización de webs, posicionamiento SEO y SEM, landing pages, blogs, Redes Sociales, Social Media Manager y email marketing). Organización de viajes de familiarización dirigidos a turoperadores, periodistas e influencers que contribuyan a la promoción de Euskadi como destino turístico. Participación en actuaciones de Basquetour y otras actuaciones turísticas. -Apoyo a eventos culturales, gastronómicos y deportivos realizados en Euskadi: Elementos gráficos y publicitarios y audiovisuales (diseño gráfico, cartelería, rollups, folletos, flyers, bancos fotográficos y fílmicos, vídeos, spots y cuñas radiofónicas). Estrategias de comunicación online (webs, posicionamiento SEO SEM, landing pages, blogs, Redes Sociales, Social Media Manager y email marketing. Gastos de promoción en TV, radio, prensa e internet). Organización y promoción de eventos con repercusión mediática nacional e internacional. Participación en actuaciones de Basquetour y otras actuaciones turísticas dentro y fuera de la CAV. ​Para ser subvencionable, el importe mínimo de la inversión realizada en cada uno de los dos puntos anteriores deberá ser de 3.000€ (IVA no incluido).

Cuantía de ayuda:

Para la creación y puesta en marcha, promoción y comercialización de productos turísticos: hasta el 60% del gasto admitido hasta un máximo de 20.000€. Para eventos culturales, gastronómicos y deportivos: hasta el 50% del gasto admitido hasta un máximo de 7.500€.

Para fomentar la cultura

ADHESIÓN NEGOCIO: BONO CULTURAL JOVEN

Beneficiarios/as:

​ Autonom@s y sociedades que desarrollen actividad de venta o puesta a disposición de productos, servicios y actividades culturales, entre otras: librerías, salas de espectáculos, editoriales y tiendas de música y videojuegos.

Objeto subvencionable:

Aquellas personas que cumplan 18 años durante 2026 van a disponer de un bono por valor de 400€ para la adquisición de productos y servicios culturales en los establecimientos adheridos a la campaña.

Cuantía de ayuda:

El programa contempla dos modalidades de uso: Los 400 euros pueden destinarse íntegramente a una sola categoría vinculada a la creación y formación cultural. Los 400 euros pueden distribuirse en 3 bloques de gasto:  - Hasta 200 euros para artes en vivo y audiovisuales, patrimonio cultural y medios de creación artística y material artístico (entradas y abonos para artes escénicas, música en directo, cine, museos, bienes del patrimonio histórico, bibliotecas, exposiciones, festivales, cursos culturales, instrumentos musicales, partituras, cámaras fotográficas, programas creativos y espectáculos taurinos). - Hasta 100 euros para productos culturales en soporte físico ( libros, revistas, prensa, otras publicaciones periódicas, videojuegos, discos de vinilo, CD, DVD y Blu-ray). - Hasta 100 euros para consumo digital o en línea ( suscripciones y alquileres a plataformas musicales, de lectura, audiolectura o audiovisuales; compra de audiolibros, libros digitales, canciones o álbumes digitales; suscripciones a videojuegos en la nube o en línea; cursos culturales en modalidad en línea; y suscripciones digitales a prensa, revistas u otras publicaciones periódicas).

Documentación:

Información:

Documentación necesaria: Si está interesado/a en adherir su establecimiento a la campaña, desde la asociación podemos tramitar su solicitud. Para ello, necesitamos que nos haga llegar por correo electrónico a info@getxoenpresa.com la siguiente documentación: • Número de cuenta bancaria, salvo que desees modificar el que ya cuenta en la Asociación. • En caso de disponer de TPV, número de código de Terminal de Punto de Venta, que figura en el propio terminal, en los resguardos impresos o facilitados por la entidad financiera. • Certificado de altas y bajas en el IAE, expedido por Hacienda Foral. • En caso de persona jurídica: escrituras de constitución y, en su caso, modificaciones posteriores, así como poder de representación, salvo que dicha documentación ya hubiera sido aportada para otros trámites. • Declaración responsable firmada. • Documento de otorgamiento de representación firmado.

Para la contratación

AYUDA A LA CONTRATACIÓN

Beneficiarios/as:

Autónomos y PYMES con al menos 1 año de antigüedad y hasta 4 emplead@s, que contraten una persona con menos de 30 años que se incorpore al mercado laboral, o mayores de 45 años y lleve en situación de desempleo al menos los 6 meses previos a la fecha de inicio del contrato.

Objeto subvencionable:

Los contratos de trabajo deberán ser indefinidos a jornada completa o parcial, o de formación en alternancia con una duración superior a 12 meses, suscritas durante el año 2026.

Cuantía de ayuda:

Para contratos de jornada parcial, la cuantía será de hasta 2.790€. Para contratos de jornada completa, la cuantía será de hasta 4.635€. Se podrá presentar una única solicitud de ayuda por cada autónomo o pyme solicitante y por un único trabajad@r.

AYUDA A LA CONTRATACIÓN CONTRATO RELEVO

Beneficiarios/as:

Autónom@s y PYMES que formalicen contratos de relevo, es decir, aquellos que se suscriben para sustituir a un@ trabajad@r que se jubila.

Objeto subvencionable:

El contrato debe materializarse a jornada completa y por tiempo indefinido o de duración determinada (siempre que conste un compromiso de conversión en indefinido a su finalización o en un momento anterior). La retribución anual bruta a percibir por contrato subvencionado ha de ser de al menos el Salario Mínimo Interprofesional. El contrato deberá suscribirse con personas menores de 30 años o mayores de 45 años que estén en situación de desempleo y dados de alta en Lanbide desde al menos el día anterior a la fecha de inicio del contrato.

Cuantía de ayuda:

8.400€ por cada contrato de relevo realizado. Esta cantidad se incrementará en un 10% si la persona relevista contratada es una mujer. No existe límite en cuanto al número de contratos subvencionables por autónom@s o pymes.

AYUDA A LA CONTRATACIÓN (A PERSONAS MAYORES DE 50 AÑOS)

Beneficiarios/as:

Autonom@s o pymes que formalicen contratos con personas desempleadas de edad igual o superior a 50 años inscritas en Lanbide en situación de desempleo el día anterior a la fecha de inicio del contrato.

Objeto subvencionable:

Los contratos de trabajo deberán ser indefinidos con una duración superior a 12 meses o temporales con una duración superior a 6 meses, suscribirse entre el 01/01/2026 y 31/10/2027 y ser a jornada completa o al 70% de la referida jornada. La retribución mínima a percibir por la persona contratada debe ser de al menos entre 18.700€ y 31.500€, según su titulación académica. La contratación deberá suponer creación de empleo sobre la plantilla media existente durante el periodo inmediatamente anterior a los 6 meses desde la fecha de incorporación de la persona cuyo contrato se subvencione.

Cuantía de ayuda:

Entre 2.500€ y 15.750€ por contrato subvencionado, dependiendo de la titulación académica, pudiéndose incrementar hasta en un 20% si la contratación se realiza a una persona mayor de 55 años, mujer o que haya participado en una acción formativa subvencionada por Lanbide. No existe límite por autonóm@ o pyme en cuanto al número de contratos subvencionables.

AYUDA A LA CONTRATACIÓN (A PERSONAS JOVENES)

Beneficiarios/as:

Autónom@s y PYMES que formalicen contratos con personas jóvenes (entre 16 y 30 años), en situación de desempleo, con posesión de una titulación (licenciatura/diplomatura/ciclo formativo grado superior o medio/certificado de profesionalidad) y con una experiencia laboral máxima de 6 meses en empleos relacionados con su titulación o certificado profesional.

Objeto subvencionable:

Los contratos deberán materializarse entre el 01/01/2026 y el 15/10/2026 a jornada completa o parcial (al menos el 70% de la jornada), indefinidos o formativos para la obtención de la práctica profesional de al menos 6 meses de duración. La retribución anual bruta a percibir por contrato subvencionado ha de ser de al menos el Salario Mínimo Interprofesional y acorde al nivel de estudios de la persona contratada. Los contratos deberán suponer creación neta de empleo sobre la plantilla total existente en los 6 meses anteriores a la incorporación de la persona contratada.

Cuantía de ayuda:

​Para contratos en prácticas inferiores a 12 meses, la cuantía será de hasta 5.300€ y de hasta 8.480€ para los que realicen con una duración superior a 1 año dependiendo de la titulación académica. Para contratos indefinidos, la cuantía será de hasta 12.700€ dependiendo de la titulación académica . Las cuantías de subvención señaladas se incrementarán un 10% cuando los contratos se realicen con mujeres y se ajustarán en proporción a la jornada, cuando refieran a jornada parcial. No existe límite en cuanto al número de contratos subvencionables por autónom@s o pymes.

AYUDA A LA CONTRATACIÓN

Beneficiarios/as:

Autónom@s y pymes, con domicilio social y fiscal y centro de actividad en Bizkaia.

Objeto subvencionable:

Área 1: contratación indefinida y a jornada completa de personas desempleadas empadronadas en Bizkaia (de 31 a 49 años, desempleadas de larga duración, con discapacidad y/o en riesgo de exclusión social, con contratos formalizados entre el 31 de julio de 2025 y el 15 de junio de 2026. Área 2: contratación indefinida (a jornada completa o > de 80%) de personas que hayan participado y finalizado los programas: Laborlan 2025 o 2026, Gazte on, Arraigo por formación, con contratos formalizados entre el  27 de septiembre de 2025 y el 25 de septiembre de 2026 .

Cuantía de ayuda:

Área 1: hasta 4.000€ por persona contratada con un máximo de  30.000€ y 10 contrataciones por autónomo o pyme. Área 2: hasta 9.000€ por persona contratada con un máximo de  60.000€ y 7 contrataciones por autónomo o pyme.

Para la innovación

AYUDA PARA INNOVACIÓN

Beneficiarios/as:

Autónomos y Pymes con razón social en Getxo, cuya actividad haya comenzado antes del 01/01/2025.

Objeto subvencionable:

Gastos generados por la contratación de servicios a terceros con el objetivo de realizar cambios innvadores en la empresa, como diversificación de productos y servicios, así como la puesta en marcha de nuevos canales de comercialización y/o distribución: - Diseño de nueva imagen corporativa y sus materiales. - Diseño y ejecución de planes de comunicación y campañas de publicidad. - Rediseño de páginas web con pasarelas de pago o desarrollo ecommerce que habiliten nuevos canales de comercialización. - Servicios de consultoría y asistencia técnica para digitalización. - Otros servicios profesionales que impliquen una innovación acreditada para el negocio.

Cuantía de ayuda:

Hasta un 70% del gasto subvencionable, con el máximo de 2.500€ por autónomo o pyme.

Si está interesado/a en que le informemos o tramitemos ayudas y subvenciones para su negocio, cumplimente el siguiente formulario:

Formulario de contacto

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