Ayudas y Subvenciones para empresas
Informamos a los negocios que forman parte de la Asociación de aquellas ayudas y subvenciones de las que pueden ser beneficiarios, les prestamos asesoramiento especializado al respecto y realizamos los trámites de solicitud y de justificación correspondientes, así como seguimiento hasta la conclusión de los expedientes y abono de la subvención por parte de la Administración emisora.
Las ayudas y subvenciones que actualmente están vigentes son:
Para fomentar el euskera
AYUDA PARA LA ROTULACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS Y VEHÍCULOS
Beneficiarios/as: |
Pymes y autónomos de comercio, hostelería y negocios de servicios con establecimiento a pie de calle y ubicados en Getxo. |
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Objeto subvencionable: |
Rótulos, toldos, rotulación de vehículos comerciales y de persianas de establecimientos y vinilos, en euskera o en euskera y castellano. Quedan excluidos de la ayuda los letreros y/o rótulos de toldos y vehículos comerciales en los que figuren únicamente un nombre y/o apellido/s, así como los rótulos que estén incorrectamente escritos. |
Cuantía de ayuda: |
Soportes realizados únicamente en euskera: 50% del coste neto del mismo, hasta un máximo de 360€ por soporte. Soportes realizados en bilingüe (castellano + euskera): 30% del coste neto del mismo, hasta un máximo de 180€ por soporte. Cada autónom@ o pyme puede presentar solicitud para tantos soportes como necesite. |
Para la contratación
Beneficiarios/as: |
Autónom@s y pymes, con domicilio social y fiscal y centro de actividad en Bizkaia. |
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Objeto subvencionable: |
Área 1: contratación indefinida y a jornada completa de personas desempleadas empadronadas en Bizkaia (de 31 a 49 años, desempleadas de larga duración, con discapacidad y/o en riesgo de exclusión social, con contratos formalizados entre el 31 de julio de 2025 y el 15 de junio de 2026. Área 2: contratación indefinida (a jornada completa o > de 80%) de personas que hayan participado y finalizado los programas: Laborlan 2025 o 2026, Gazte on, Arraigo por formación, con contratos formalizados entre el 27 de septiembre de 2025 y el 25 de septiembre de 2026 . |
Cuantía de ayuda: |
Área 1: hasta 4.000€ por persona contratada con un máximo de 30.000€ y 10 contrataciones por autónomo o pyme. Área 2: hasta 9.000€ por persona contratada con un máximo de 60.000€ y 7 contrataciones por autónomo o pyme. |
Para la inversión
Beneficiarios/as: |
Autónom@s y pymes que a partir del 1 de enero de 2025 hayan abierto oabran un nuevo establecimiento o que trasladen una actividad que sedesarrollaba en una vivienda o en un edificio de oficinas que cumplan: -Desarrollar una actividad económica nueva ( la persona titular no ha podido estar al frente de un negocio con la misma actividad que haya cerrado en los 6 meses anteriores). -No haber recibido la ayuda Lonjak Piztu en el año 2022 -Tener contrato de arrendamiento del local (el local no podrá ser propiedad del beneficiari@ ni de sus trabajador@s ni de ningún familiar directo). -Estar en las siguientes calles: Algorta: Algortako etorbidea (51 a 88), Amezti, Andrés Cortina,Basagoiti (del 54 al 95), Bidebarri, Euskal Herria, Kasune, Salsidu ySarrikobaso. Areeta: Amistad, Artekale, Barria, Bidearte, Club, Gobela,Particular de Club y Urkijo. Romo: Ganeta, Gobelaurre, Gorbeia, Kresaltzu, Lope de Vega, LosPuentes y Santa Eugenia. |
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Objeto subvencionable: |
Gastos de arrendamiento del local donde se desarrolle la actividad económica hasta un máximo de 12 mensualidades desde el primer pago. |
Cuantía de ayuda: |
Hasta un máximo de 400€/mes, o un máximo del 50% del coste de alquiler (sin IVA). Esta cantidad se incrementará en 150€ si se cumple : La mitad de las personas del negocio son menores de 35 años. La mitad de las personas del negocio son mujeres. La actividad pertenece a: industrias culturales y creativas, economía circular, Industrias del deporte y bienestar, tecnología, coworking y espacios multifuncionales. |
Para mejorar la competitividad
AYUDA PARA LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DE NEGOCIOS TURÍSTICOS Y HOSTELEROS
Beneficiarios/as: |
Autónom@s y pymes que se dediquen al alojamiento turístico, agencias de viajes y los negocios de turismo activo (aquellos dedicados a proporcionar actividades turísticas de recreo, deportivas y de aventura) que se encuentren dados de alta en el REATE (Registro de empresas y actividades turísticas de Euskadi) y aquellos que se dedican a la restauración (bares, cafeterías y restaurantes) con el correspondiente IAE, ubicados en Euskadi. |
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Objeto subvencionable: |
Inversiones netas (sin IVA) realizadas y abonadas entre el 11/12/2025 y el 11/12/2026 referidas a: Innovación empresarial y de los servicios turísticos mediante soluciones tecnológicas (inversión mínima de 5.000€ sin IVA): - Digitalización del negocio (cloud, TPV, reservas, facturación, Big Data, etc.) y equipamiento informático siempre que sea imprenscindible para la implantación de la solución tecnológica. - Apps (check in, check out), realidad aumentada, experiencias digitales para mejorar la experiencia turística. - Domótica y automatización. - Mejora de conectividad wifi cubriendo en torno a un 90% de la superficie del establecimiento. Mejora y optimización de la oferta turística de las empresas (inversión mínima de 5.000€ sin IVA): - Generar nuevos productos o servicios turísticos que permitan crear nuevas líneas de negocio o dirigirse a nuevos nichos del mercado, así como los costes de adecuación de las instalaciones, la adquisición del mobiliario y el equipamiento necesario para la nueva oferta de productos/servicios turísticos. - Obras de adecuación de cocinas para que queden a la vista de la clientela, acondicionamiento de terrazas, adquisición de cámaras de refrigeración o conservación de alimentos y reformas para la eliminación de barreras arquitectónicas que faciliten la accesibilidad de personas con movilidad reducida. Las inversiones relacionadas con instalaciones eléctricas, iluminación, aislamiento y climatización deberán ser eficientes energéticamente y si son aparatos disponer de las etiquetas B,C o equivalentes (A+++, A++, A+). Adecuación de la oferta hacia un turismo seguro, sostenible, responsable y accesible (inversión mínima de 5.000€ sin IVA): - Inversiones para alcanzar una mejora de la eficiencia energética e incorporación de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, ventilación y agua caliente, así como la mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de distribución, regulación, control y emisión de instalaciones térmicas. - Adquisición de vehículos a motor 100% eléctrico o de gas natural, implantación de puntos de recarga o bicicletas/triciclos de pedaleo asistido, siempre que resulten necesarios para desarrollar la actividad. - Incorporación de tecnologías para facilitar la accesibilidad a personas con discapacidad funcional al uso de las instalaciones, o a los productos o servicios que se ofrecen. |
Cuantía de ayuda: |
Hasta un 30% del gasto subvencionable, con el máximo de 15.000€ por autónomo o pyme. Se presentará una solicitud por beneficiari@, correspondiente a un único establecimiento aunque se tengan mas y que incluya diferentes líneas de subvención. Se tendrán en cuenta aspectos como la responsabilidad social, el tamaño del negocio o la estrategia de comercialización para valorar los proyectos presentados, para otorgar las ayudas que se asignan por concurso, es decir, en función de la puntuación alcanzada. |
Si está interesado/a en que le informemos o tramitemos ayudas y subvenciones para su negocio, cumplimente el siguiente formulario:

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