Acuerdo en materia de prevención de riesgos laborales y vigilancia de la salud
Mediante este presente acuerdo de colaboración entre Ibersys y Getxo Enpresa, las empresas integradas en el colectivo pueden acceder en condiciones preferentes y ventajosas a la contratación del servicio de seguridad en el trabajo, higiene industrial, ergonomía y psicosociología aplicada, así como vigilancia de la salud prestado por Ibersys, empresa integrada en la Asociación. Al objeto de que las empresas que pertenecen al colectivo cumplan con lo establecido en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995, y que todas las empresas que tengan al menos un/a trabajador/a, tienen una serie de obligaciones referidas a la Seguridad en el trabajo, higiene industrial, ergonomía y psicosociología aplicada y la Vigilancia de la Salud de sus trabajadores/as:
Servicios objeto del Acuerdo.
Contenido en materia de seguridad en el trabajo, higiene industrial, ergonomía y psicosociología aplicada:
- Análisis previo del estado de la empresa.
- Evaluación de riesgos de la empresa.
- Realización de inspecciones periódicas internas de control de las condiciones de trabajo.
- Elaboración e implantación de un Manual de Gestión.
- Elaboración de un informe de investigación de accidentes.
- Planificación de la actividad preventiva y de las medidas correctoras en la empresa, en materia de Seguridad, Higiene, Ergonomía y Psicosociología aplicada.
- Plan de emergencia e implantación y divulgación del mismo.
- Elaboración o actualización de la documentación exigida a la empresa por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
- Información teórica a los/as trabajadores/as respecto a los riesgos existentes en su puesto de trabajo y sobre medidas de emergencia.
- Información a los responsables de la empresa, respecto de la evaluación de riesgos y el plan de emergencia.
- Asesoramiento técnico a la empresa ante inspecciones de la Autoridad Laboral.
- Realización de visitas periódicas a la empresa al objeto de comprobar la correcta implantación de las medidas preventivas.
- Se excluyen todos los estudios específicos que se deriven como consecuencia de la evaluación de riesgos de la empresa.
Contenido en materia de Vigilancia de la Salud:
- Análisis previo de los riesgos para la salud inherentes a cada puesto de trabajo.
- Informe del tipo de reconocimiento a establecer por puesto de trabajo o trabajador.
- Informe de Investigación Epidemiología en caso de detectar algún problema de saludque pudiera afectar a un colectivo de trabajadores, presentes en los puestos de trabajo.
Quedan excluidos:
- La realización de analíticas especiales y pruebas específicas como consecuencia de la exposición del/la trabajador/a a riesgos no habituales (agentes contaminantes, biológicos, etc.).
- El coste de la vacuna en las campañas de vacunación que pudieran planificarse.
- La realización de aquellas pruebas y/o consultas que pudieran precisarse y que impliquen la derivación a un médico especialista.
Si está interesado en suscribir el Acuerdo o precisa ampliar información sobre las condiciones del mismo, póngase en contacto con Getxo Enpresa (Tel. 944 305 500. E-mail: info@getxoenpresa.com). Las condiciones del acuerdo únicamente son aplicables a las empresas integradas en la Asociación.